La discusión en torno a la nueva Constitución y los problemas sociales, económicos y de salud mental agudizados por la pandemia en Chile, han puesto sobre la mesa la necesidad urgente de acceso al deporte y la actividad física de manera igualitaria en todos los segmentos de la población. Integrantes de la comunidad de la Universidad de Chile opinan por qué el deporte y la actividad física debe estar consagrado en la nueva Carta Fundamental.
El próximo 15 y 16 de mayo se realizará la elección de los 155 constituyentes que conformarán el órgano redactor de la Nueva Constitución. Un hito histórico que se consagró el pasado 25 de octubre cuando con el 78.28% de los votos se determinó poner marcha a uno de los procesos políticos más importante de las últimas décadas: la redacción de una nueva carta magna.
El proceso se desarrolla en medio de la pandemia de Covid 19, que ha visibilizado y agudizado los problemas económicos y sociales, las brechas de acceso a bienes y servicios y en un impacto en la salud mental de la población.
Es en ese contexto que la discusión en torno a una nueva Constitución ha generado un ambiente de reflexión sobre la importancia del acceso universal al deporte y la actividad física, entendiéndose como una actividad fundamental no sólo a nivel de bienestar y salud física y psicológica, sino también como una herramienta social.
La actividad física en Chile
La Encuesta Nacional de Hábitos de Actividad Física y Deporte 2018, elaborada por el Ministerio del Deporte, indica que el 66,2% de la población mayor de 18 años se declaraba entonces físicamente inactiva, un 15,1% medianamente practicante y un 18,7% se consideraba activa. Es decir, 7 de cada 10 chilenos y chilenas no realiza actividad física hace poco más de dos años.
Con la pandemia de Covid-19 y sus consiguientes restricciones de desplazamiento, la actividad física se ha visto condicionada a la disponibilidad de tiempo, espacios en el hogar, acceso a plazas o parques, capacidad o motivación individual y priorización según el contexto particular de cada persona.
Durante enero y casi un año después de extensas cuarentenas en distintas comunas del país, se determinó fijar un horario para actividad física en comunas en cuarentena como una alternativa para que las personas realicen actividades al aire libre, cuidando así su salud física y mental. Posteriormente, esta medida se amplió a comunas en cuarentena y transición de lunes a viernes de 5:00 a 9:00 hrs y los fines de semana de 05:00 a 10:00 hrs.
Hasta antes de esta medida, un 61% de las personas indicaba que había disminuido su práctica deportiva, según la Encuesta de Opinión sobre Percepción de la Banda Horaria Elige Vivir Sano, desarrollada por el Instituto de Políticas Públicas en Salud (IPSUSS) de la U. San Sebastián y Elige Vivir Sano.
Con la banda horaria actual, un 22% declara utilizarla, donde la caminata, el uso de la bicicleta y el trote lideran las actividades con un 40%, 20% y 17%, respectivamente. Un 9% declaró que aumentó su actividad física luego de la instauración de la franja deportiva.
Para Josefina Meszaros, abogada de la Universidad de Chile y miembro del colectivo «Deporte para la Constitución», este leve, pero significativo aumento de la actividad física se debe a la prohibición general de desplazamiento y otras actividades sociales. “Más gente está practicando actividad física porque es el único momento en que pueden salir de sus casas a moverse, lo cual evidentemente es positivo porque las personas van a crear un hábito y una práctica deportiva que ojalá pueda perdurar en el tiempo”, indicó.
Ella, junto a la campeona panamericana de patinaje artístico y actual candidata constituyente, Francisca Cabrera, y otras 126 personas ligadas al deporte, firmaron recientemente una carta dirigida al gobierno que busca flexibilizar la franja Elige Vivir Sano, proponiendo un nuevo horario durante la tarde y vías exclusivas para deportistas.
Una opinión que es compartida por el académico de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Chile y ex candidato constituyente, Fernando Vera, que indicó que “una franja horaria en la mañana facilita el deporte para la zona central y norte, ya que en el sur, con el frío y la lluvia, se vuelve virtualmente imposible salir a entrenar temprano. Sin siquiera pensar casos extremos como Punta Arenas. Se ve la franja como un espacio positivo, pero insuficiente para la realidad de Chile”.
Una discusión que podría significar un escenario más auspicioso sobre la actividad física en nuestro país, donde una de cada 11 muertes es atribuible a causas relacionadas con el sobrepeso y la obesidad.
¿Es el deporte en Chile un derecho fundamental?
En Chile existe la Ley N°19.712 o «Ley del Deporte», cuyo fin es fomentar el desarrollo de la actividad física y el deporte. En el año 2013 la Ley N°20.686 creó el Ministerio del Deporte. La Política Nacional de Actividad Física y Deporte 2016-2025 considera el deporte y la actividad Física como derechos fundamentales y tiene como finalidad garantizar el acceso para toda la población, sin discriminación alguna.
Sin embargo, en la actual Constitución el deporte no está consagrado como un derecho fundamental. Únicamente, en el artículo 118, se indica que las municipalidades “podrán, para el cumplimiento de sus fines y con el objeto de promover y difundir el arte, la cultura y el deporte, construir o integrar corporaciones o fundaciones de derecho privado sin fines de lucro”, sin que las personas tengan respaldo jurídico para exigir a sus autoridades la ejecución de programas y proyectos que garanticen el acceso igualitario al deporte.
Para Romina Fernández, abogada y académica de la Universidad de Chile, máster en Derecho Deportivo Internacional de la Universidad de Lérida, España, la actual legislación en la materia es deficiente. “Si bien la protección jurídica en el ámbito deportivo se encuentra presente en nuestra legislación, en mi opinión existen deficiencias en la ejecución de las políticas públicas. El deporte cada vez tiene menos espacio en la educación escolar, nos encontramos con alarmantes cifras de sedentarismo, trastornos alimenticios y obesidad infantil, existe una serie de necesidades en materia infraestructura y en lo relacionado a las garantías para la realización de la práctica deportiva en condiciones de igualdad y seguridad”, comentó.
La Encuesta Nacional de Hábitos de Actividad Física y Deporte 2018 también reveló que los niveles de inactividad física son significativamente mayores en los grupos de menores ingresos, elevando de 51% de inactividad en el segmento ABC1 a 82,5% en el segmento E.
En tanto, la directora de la Deportes y Actividad Física de la Universidad de Chile, Blanca Durán, atribuye estas cifras a la distribución del tiempo de las personas, marcadas principalmente por su realidad laboral. “Creo que este problema es sistémico, con las extensas jornadas laborales, sumado al tiempo en movilización. La verdad pareciera que no queda mucho espacio para dedicar a las actividades de autocuidado o bienestar, como la actividad física, y esto se ve agravado con una muy mala cultura deportiva e incluso educación”, indicó.
Blanca Durán también indica que la práctica deportiva se relaciona directamente con la educación y la forma en la que las personas conciben su corporalidad. “Lo que nos enseñan de pequeños es a quedarnos quietos para poder aprender, pero muchos olvidan que el movimiento está en nuestra naturaleza y con nuestro sistema de vida negamos la posibilidad de desarrollo del movimiento. Lo que debemos asegurar es que todas las personas tengan los conocimientos necesarios y acceso a infraestructura para desarrollar algún tipo de actividad”, agregó.
El acceso al deporte y la actividad física en la Constitución
A nivel internacional no existe necesariamente una correlación entre la consagración del acceso al deporte y la actividad física a nivel constitucional y el desarrollo deportivo de un país.
No obstante, existe un consenso en que al ser este un derecho consagrado en la Constitución, las personas tienen el poder de exigir la correcta implementación de políticas que aseguren el acceso igualitario a la práctica deportiva, garantizando la calidad de competencias e infraestructura para estos fines y así transitar hacia una cultura deportiva que forme parte de la identidad de personas de todas las edades.
“Un país con una cultura deportiva desarrollada posee un gran activo social, con personas más saludables y valores tan importantes como la igualdad, el esfuerzo, la superación, perseverancia, compañerismo, solidaridad, entre muchos otros. De esta forma, el deporte tiene un componente generador de cambios e integrador único, y es clave para el desarrollo de niños, jóvenes, adultos y adultos mayores”, añade la académica Romina Fernández.
En ese sentido, la participación de constituyentes que se relacionan al deporte o que incluyan dentro de sus propuestas la consagración del acceso al deporte en la nueva Constitución, se convierte en una alternativa para garantizar la discusión respecto al tema y su correcta incorporación a la carta magna.
Sobre esto, Josefina Meszaros, quien además fue parte del Centro Deportivo de Estudiantes de Derecho, destaca que las y los candidatos constituyentes ligados al deporte “entregan una visión, una perspectiva que es diferente a la que tiene un político o un economista, porque valoran todas las ventajas que tiene la práctica deportiva constante, no sólo a nivel físico, psicológico y a nivel biológico, sino el deporte como transmisión de valores e integración social”.
Al ser la Constitución el escalafón jurídico más alto, la consagración de la práctica deportiva como un derecho garantiza su implementación y protección, dándole una exigibilidad mucho mayor a las personas para que puedan solicitarle al Estado que tenga una actitud activa en la materia.
También garantiza recursos a nivel presupuestario, debido a que requiere que el Estado ejecute presupuesto público. Además, aumenta la fiscalización de los entes públicos que están encargados de su ejecución.
A juicio del académico de la Facultad de Ciencias y ex presidente del Centro Deportivo de Estudiantes de Ciencias, Fernando Vera, esto permitiría “generar una institucionalidad física en el Estado que valore, proteja y promueva el deporte y sus actores en la sociedad chilena. Que logre intervenir en las diferentes sociedades deportivas ante la mala administración y logre posicionar el deporte como un bien intangible que le pertenece a cada persona solo por el hecho de serlo”.
La consagración del acceso al deporte y la actividad física en la Constitución implica que los poderes del Estado prioricen el fomento y el fortalecimiento de políticas públicas relacionadas a la práctica deportiva, otorgándoles a dichas políticas una relevancia indiscutida, situándose como una materia de carácter esencial para el desarrollo en todas las etapas de la vida de una persona, facilitando su acceso y práctica con fines deportivos recreativos y competitivos.
Texto: Carolina Garcés Águila
Fotografías: Lorenzo Mella